Implantación del sistema de parada a la demanda en la línea N104, línea que se realiza al amparo de la concesión de servicio público regular, permanente y de uso general, de viajeros por carretera entre MADRID – BUITRAGO – RASCAFRÍA (VCM-103).
Se ha acordado la prestación del servicio de Paradas a la demanda en la línea
nocturna N104, de forma que se permita la petición de parada fuera de las establecidas dentro del itinerario oficial del autobús para facilitar una llegada segura del viajero al destino.
Las características del servicio serán:
- Puede ser solicitado por mujeres, así como todas las personas menores de 18 años.
- El punto de parada solicitado estará incluido en el itinerario de la línea y sólo en los tramos correspondientes al ámbito urbano de dicha línea.
- El usuario ha de comunicar personalmente al conductor con una parada de antelación el lugar donde desea bajarse.
- La persona que haya solicitado la parada a la demanda debe situarse en la parte delantera del autobús y el descenso sólo se realiza por la puerta delantera.
- El requisito fundamental para la bajada es que exista una acera de anchura mínima (aproximadamente 1,5 metros) y no se generen situaciones de peligro.
- Por último, el usuario/a que vaya en silla de ruedas al acceder al autobús por la rampa, le comunicará al conductor/a el punto donde desea bajarse. El conductor le indicará si dicho punto reúne las condiciones necesarias para poder bajar la rampa o le propondrá un punto de desembarque alternativo que sí reúna dichas condiciones.
- No obstante, ante situaciones de duda prevalecerá el criterio del conductor o conductora.
Los ámbitos urbanos considerados para esta línea son:
Sentido 1:
Desde 18074 hasta 3253. Madrid
Desde 06692 hasta 17474. Alcobendas SS Reyes
Desde 12097 hasta 18361. San Agustín de Guadalix
Desde 10329 hasta 09648. El Molar
Desde 09939 hasta 12442. Pedrezuela
Desde 15993 hasta 12480. El Vellón
10340. Venturada
Sentido 2:
10340. Venturada
Desde 10340 Venturada
Desde 12480 hasta 15993. El Vellón
Desde 10336 hasta 10333. Pedrezuela
Desde 09648 hasta 12690. El Molar
Desde 18362 hasta 12098. San Agustín de Guadalix
Desde 17025 hasta 06752. SS Reyes Alcobendas
Desde 10550 hasta 18074. Madrid
La fecha de entrada en vigor del mismo será la noche del 30 al 31 de octubre de 2020.